El Vaticano actualiza la guía sobre presuntos hechos sobrenaturales y apariciones para evitar estafas y confusión

El nuevo documento del Dicasterio para la Doctrina de la Fe ha actualizado sus normas sobre el procedimiento que se debe seguir cuando en una diócesis hay presuntos hechos sobrenaturales o apariciones.
Las normas sustituyen las de 1978 y la principal novedad es que a partir de ahora la Iglesia no declarará si estos presuntos eventos son reales.
No se pronunciará. Como máximo se podrá emitir el llamado “nulla osta”. Es decir, una afirmación que indique que no hay inconvenientes doctrinales en el mensaje dejado por el protagonista del presunto hecho sobrenatural – apariciones de la Virgen, Jesús o santos – ni tampoco evidencias de engaños o estafas hasta la fecha.
Para llegar a esa declaración el dicasterio ha establecido normas más concretas sobre las competencias que en estos casos tienen los obispos diocesanos, las conferencias episcopales y la Doctrina de la Fe.
En líneas generales los obispos deberán instituir una comisión en la que haya al menos un teólogo, un canonista y un perito especializado en el fenómeno en cuestión.
Por ejemplo: si se dice que una Virgen llora sangre habrá que escoger a una persona capaz de analizar la sangre para comprobar que no haya estafas y no se trate de pintura o sangre de animales.
Un delegado de esa comisión y el obispo emitirán un juicio que será examinado por Roma. Una vez estudiado y emitido el veredicto, el obispo, de acuerdo con el dicasterio de la Doctrina de la Fe, hará público el resultado.
Otro de los objetivos que persigue este documento es acelerar los procesos, es decir: que la Iglesia tarde menos en dar una respuesta ante la rápida difusión de noticias que existe hoy en día gracias a Internet y a las redes sociales.