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Una pareja se separó y la Justicia fijó un régimen de visitas para “Pope”, el perro que habían comprado juntos

Sus dueños se divorciaron, pero “Pope” no tendrá que despedirse de nadie. La justicia de Corrientes hizo lugar a una medida cautelar y ordenó un régimen de comunicación a favor de un cachorro, “animal no humano” tras la petición que realizó una mujer para ver al perrito con el que convivía junto a su ex pareja.

La resolución fue firmada por la jueza Luisa Carolina Macarriein, Jueza titular del Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia Nro. 4 y rige hasta que se decida la cuestión de fondo, derechos de las partes y acuerdos a definir.

El 7 de marzo de 2024 a las 9 se realizará a cabo la audiencia. La mujer participará virtualmente y el dueño lo hará presencial.

Se trata de una decisión inédita que fue solicitada por los integrantes del Instituto de Derecho Animal del Colegio de Abogados de Corrientes, que difundió y celebró la noticia a través de sus redes sociales.

Según se subrayó, sería el primer régimen de comunicación con una mascota que no surge de un acuerdo de divorcio y refleja el importante cambio de paradigma que ya tiene la sociedad respecto a las relaciones en lo que se denomina “FAMILIA INTERESPECIE”.

Si bien el Código de Familia, Niñez y Adolescencia no establece el derecho de comunicación respecto de los seres afectivos (mascotas), la magistrada entendió que “lo correcto es valorarlos como partes integrantes de la familia multiespecie”.

‘Pope’ es un perro salchicha de un año, adquirido por la pareja separada, que vivía con su dueño y la mujer lo veía cotidianamente, hasta que surgieron problemas en la relación y el vínculo se cortó.

Ambos aportaron económicamente para que el perrito ‘Pope’ llegara a sus vidas. Tras la separación, la mujer no pudo tener más contacto con ‘Pope’, por lo que se presentó ante la Justicia para revertir esta situación, lo que finalmente logró tras la medida de la jueza.

La magistrada entendió que “lo correcto es valorarlos como partes integrantes de la familia multiespecie”. El fallo, afirmó, “se basó en la necesidad de mantener el vínculo materno-filial que existía, considerando a la mascota un ser sintiente”.

Además, destacó como “la primera medida cautelar de estas características en el país que no se da en el marco de un divorcio”, ya que la pareja no era conviviente, sino que la mujer veía asiduamente a la mascota que vivía con el hombre.

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