Mediante el Decreto 2046 de 2019, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo reglamentó la Ley 1901 de 2018, que creó la condición legal de las sociedades de Beneficio e Interés Colectivo (BIC), por ello desde la Cámara de Comercio de Cartagena (CCC) se invita a las empresas de su jurisdicción a adoptar el modelo BIC.
¿Qué son las sociedades BIC?
Las Sociedades Comerciales de Beneficio e Interés Colectivo, o Sociedades BIC, son aquellas empresas colombianas configuradas como sociedades de naturaleza comercial, que voluntariamente se proponen combinar las ventajas de su actividad comercial y económica con acciones concretas para propender por el bienestar de sus trabajadores, aportar a la equidad social del país y contribuir a la protección del medio ambiente
¿Qué significa convertirse en Sociedades BIC?
Una sociedad que decide convertirse en BIC crea o redefine su modelo de negocio con un propósito triple: crear valor económico, social y ambiental.
¿Cuáles son los propósitos fundamentales que persiguen las sociedades BIC?
1. Incorporan un propósito social y ambiental, que va más allá de la maximización del interés económico de sus accionistas.
2. Velan por el cumplimiento del propósito descrito para que los directores y gestores de la sociedad puedan maximizar el interés social y ambiental.
3. Garantizan transparencia en el reporte de su impacto empresarial en cinco dimensiones: modelo de negocio, gobierno corporativo, prácticas laborales, prácticas ambientales y prácticas con la comunidad.
4. ¿Qué ventajas tiene ser una Sociedad BIC?
Las sociedades que deciden adoptar la condición BIC obtienen una visibilidad importante en el ecosistema empresarial local, nacional e internacional. En esencia, se pueden destacar las siguientes ventajas:
• Pueden incrementar su valor reputacional en el mercado.
• Crean una relación de fidelización con sus clientes y proveedores.
• Retienen y atraen a su talento humano.
• Atraen inversión privada.
• Gestionan las posibles tensiones de su actividad empresarial con las comunidades y el medio ambiente.
• Hacen parte de redes de comunidades que persiguen propósitos similares.
• Acceden a incentivos económicos o tributarios que cree el Gobierno.
5. ¿Qué debe hacer una empresa para adquirir la condición BIC?
• Tener la convicción de generar un impacto positivo en la sociedad y en el medio ambiente.
• Aprobar la decisión de adoptar dicha condición por parte de la junta de socios o asamblea de accionistas.
• Bien sea en los estatutos iniciales o de constitución de la sociedad (al momento de su creación) o a través de una reforma estatutaria si ya está constituida – registrada y desea adquirir la condición BIC, deberá: Agregar en la razón social la expresión “Beneficio e Interés Colectivo” o la sigla “BIC”.
• Incluir en el objeto social las actividades BIC que la sociedad se compromete a desarrollar. Deberá incluirse al menos una actividad BIC por cada una de las cinco dimensiones en los términos descritos en el numeral 3° del artículo 2.2.1.15.5: del decreto 2046 de 2019.
La empresa interesada en ampliar la información sobre los beneficios e incentivos que existen para las empresas BIC; y recibir acompañamiento en el proceso de transición, puede escribir al correo electrónico:gacevedo@cccartagena.org.co o llamar al número celular: 3012051243.