Cartagena

Promotora responde a quejas de vecinos de urbanización La Pradera

Con relación a una protesta realizada por algunos propietarios de la urbanización La Pradera, que hace parte del proyecto urbanístico Vista Cartagena localizado en la zona de conurbación en Turbaco, por supuestos incumplimientos en la prestación de los servicios públicos; directivos de la Promotora de Desarrollo Inmobiliario S.A.S. desestimaron los argumentos.

Los protestantes advirtieron por diferentes medios que la constructora les había incumplido porque hace pocos meses les habían colocado la energía eléctrica y que el servicio de acueducto lo prestaba Acualco S.A. ESP cuando supuestamente les habían prometido que sería operado por Aguas de Cartagena. Señalaron también que se habían presentado daños en la infraestructura y que no cumplen con la entrega de la piscina y área de juegos.

Mario Bossa, vocero de Promotora de Desarrollo Inmobiliario S.A.S. precisó que “en cuanto al suministro del servicio público de energía eléctrica, debemos informar, en aras de mantener la objetividad, que el proyecto siempre ha contado con suministro de energía eléctrica, cuyo costo fue asumido por la Constructora en su totalidad, incluyendo el consumo de las viviendas habitadas durante quince (15) meses, hasta hace aproximadamente cinco meses, fecha en la cual ELECTRICARIBE S.A. E.S.P. (hoy Afinia) recibió la infraestructura de suministro interno de las viviendas y procedió a realizar la individualización del suministro de cada unidad habitacional. Siendo así, las fallas en el suministro de energía no pueden ser imputadas a la constructora, toda vez que no somos los encargados de dicho suministro. Estas fallas obedecen a los defectos propios del suministro de energía al cual estamos sometidos todos los habitantes de la Costa Atlántica hasta cuando se realicen las inversiones propias del nuevo operador”.

“En cuanto a los supuestos daños en la estructura de las viviendas, debemos indicar que las solicitudes de reparaciones pos-venta obedecen a daños menores en cuanto a acabados de las mismas, peticiones que se han venido atendiendo de forma eficiente y oportuna. Tan es así, que contamos con la totalidad de las actas suscritas por los propietarios que las han solicitado donde expresan su recibo a satisfacción”, precisó.

“Como constructora garantizamos que las obras adelantadas por la empresa, se ajustan a las condiciones técnicas propias de estos sistemas de construcción industrializada, teniendo en cuenta las normas de sismoresistencia NSR 10. No obstante, debemos manifestar nuestra preocupación respecto de algunos propietarios que, sin respetar los procesos constructivos de las viviendas, realizan intervenciones que afectan su estabilidad estructural. Lo hacen, sin instalar los refuerzos adecuados. Cabe aclarar que los muros estructurales de las viviendas admiten cargas para construir hasta un segundo piso”, dijo el vocero de la constructora.

Agregó que: “En estos casos de modificaciones por parte de los propietarios, no podemos aplicar servicios post-ventas, ya que desde la suscripción de la promesa de compraventa y aun en la entrega de la unidad habitacional realizamos la advertencia de que los muros no pueden ser intervenidos, por lo que los daños mencionados obedecen a modificaciones estructurales que no respetan técnicas constructivas y que no se encuentran autorizadas por la constructora, perdiendo automáticamente la garantía”.

En cuanto a la entrega de parques y piscinas, se indica que están trabajando sobre las mismas, estando en construcción dos parques y haciendo ya pruebas de estanqueidad de la piscina para proceder con su entrega total.

En cuanto al suministro del servicio público de gas domiciliario, debemos aclarar que, al momento de presentar la solicitud de licencia urbanística obtuvimos la factibilidad por parte del prestador del servicio Surtigas S.A. E.S.P., entidad que hace aproximadamente un (1) año viene adelantando gestiones para la obtención de los permisos necesarios para la intervención de la vía concesionada variante Pozón – Policarpa. Mediante comunicado identificado con radicado SURTI-COM S-201307, esta empresa prestadora del servicio público de gas, informó que instalaría el servicio el día 15 de diciembre de 2020, en vista del incumplimiento de la fecha prometida, mediante reunión virtual sostenida los días 14 y 15 de enero de 2021 informaron a la señora YESENIA LARA, como representante de la comunidad, que SURTIGAS es el directamente responsable de la prestación del servicio y que la constructora ha realizado las obras necesarias para la conexión interna de las viviendas, por lo que no es de recibo que los mismos representantes de la comunidad que asistieron a dicha reunión hoy hayan acudido a las vías de hecho para intentar obtener una respuesta que ya se les ha otorgado en reiteradas ocasiones.

Cabe anotar que, para paliar la falta de suministro de gas por parte de Surtigas S.A. E.S.P. y acudiendo a nuestras políticas empresariales en cuanto a la satisfacción del cliente, hemos pagado un subsidio de $130.000 desde el mes de septiembre de 2020 a los habitantes de La Pradera y Gran Portal a fin de costear los posibles incrementos del costo del servicio de energía generados por la utilización de estufas de gas. De los cuales tenemos soportes y actas firmadas del dinero recibido mensualmente.

En cuanto a la supuesta publicidad engañosa por parte de la Promotora de Desarrollo Inmobiliario SAS porque la prestación del servicio de acueducto lo haría Aguas de Cartagena, nos permitimos aclarar que esto no es viable, toda vez que, por encontrarse el proyecto urbanístico dentro de jurisdicción del municipio de Turbaco, el prestador de dicho servicio es ACUALCO S.A. E.S.P.

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